25/06/2020
Se aprobó la normativa que regulará la pirotecnia en la ciudad
Se aprobó la normativa que regulará la pirotecnia en la ciudad
Este jueves en lo que fue la décima sesión ordinaria del Concejo Deliberante quedó aprobada la ordenanza que regula la comercialización, distribución, manipulación y uso de la pirotecnia en todas sus variantes en la ciudad. Con el control del sistema de salud pública en el ingreso y la presencia en el recinto del grupo de Padres TEA, expectantes por contar con la aprobación de esta normativa que pretende resguardar la salud de las y los vecinos, las mascotas y proteger el ambiente, se llevó a cabo la sesión ordinaria número de 10. La misma, que comenzó a las 8.30 horas bajo la presidencia de Daniel López, se inició con el izamiento de las banderas y posteriormente el orden del día comenzó a desarrollarse con la aprobación por unanimidad del acta de la novena sesión. 16 fueron los expedientes que tuvieron tratamiento, con la totalidad de los y las concejalas presentes en el recinto que se monta quincenalmente en la sala 1 del Centro Cultural Maracó. 4 de los puntos iniciales ingresaron al Concejo para su análisis en las comisiones respectivas. El cuarto punto, que fue trabajado previamente en labor parlamentaria con la presencia del Secretario de Gobierno, Pablo Pildain, fue tratado y aprobado por unanimidad. Se trata del proyecto de ordenanza que permitirá se realice nuevamente el llamado a concurso de ofertas por la concesión de la confitería de la terminal de ómnibus y la del espacio cultural MEDANO. Dicho llamado se había realizado en el mes de noviembre pasado y había sido declarado desierto. Obras El quinto punto del orden del día fue el ingreso, para su tratamiento en comisiones, del expediente que autoriza la construcción de canales de desagües pluviales en barrios La Loma e Indios Ranqueles, a través de Programa Provincial de Agua y Saneamiento Urbano, PROPAyS. Esta importante obra fue anunciada días atrás por el Gobernador de la provincia de la Pampa, Sergio Ziliotto, en su visita a nuestra ciudad. Esto conllevará una inversión de más de 3,5 millones de pesos que incluye en el barrio Ranqueles la construcción de un canal que inicia en la intersección de las calles 40 y 29, mientras que en el barrio La Loma la obra incluye la construcción de un sumidero y la colocación de un tubo alcantarilla que inicia en la intersección de las calles 464 y Avenida Perón. Esta obra permitirá logar la rápida evacuación del agua en caso de intensas lluvias evitando de esta manera el anegamiento de ambos puntos. Proyectos El orden del día continuó con la aprobación por unanimidad de dos proyectos de resolución del bloque Propuesta Federal. Uno de ellos solicitando al Municipio que se lleve adelante la obra de cruce ferroviario correspondiente en calles 40 entre 19 y 21. Y el otro, también solicitando al Ejecutivo realice, en el sector delimitado por las calles 103 y 105 entre 10 bis Norte y 14 Norte, mejoras en la iluminación, en la cartelería existente y la colocación de un cartel con Lengua de Señas Argentina (LSA). Despachos De los 8 despachos de comisiones que conformaron los últimos puntos del orden del día, 6 fueron aprobados por unanimidad. Sin dudas, el más esperado fue el punto 14, aprobado por unanimidad. Se trata del proyecto que regula la comercialización, distribución, tenencia, uso, manipulación, depósito, circulación y transporte de elementos de pirotecnia para su utilización dentro del ejido municipal de la ciudad de General Pico. El proyecto unificado contempla: Prohibir dentro del ejido municipal de la ciudad, la fabricación, circulación, distribución, comercialización, tenencia, manipulación y uso de artificios de pirotecnia no autorizados por el ANMac (Agencia Nacional de Materiales Controlados). Prohibir la distribución, comercialización, tenencia, uso y manipulación de toda pirotecnia sonora que supere los 70 decibeles y/o no se encuentre catalogada de bajo impacto sonoro. Además limitar al período comprendido entre el 20 de diciembre y el 2 de enero inclusive la tenencia, exhibición, distribución, comercialización, manipulación y uso de artificios de pirotecnia sonora por particulares, que no superen los 70 decibeles y /o se encuentren catalogados de bajo impacto sonoro. Prohibir la venta de pirotecnia, en todas sus variantes, en la vía pública, como así también la venta a menores de 16 años. Además la ordenanza establece que el departamento Ejecutivo deberá publicar un número telefónico para denuncias por incumplimientos de dicha normativa. Como así también que los espectáculos que pretendan la utilización de fuegos de artificio deberán contar con el permiso municipal correspondiente que incluye detallar la cantidad y clase de pirotecnia a utilizar y el aviso a la población informando día, hora, lugar, duración a través de por lo menos dos medios de comunicación.